Como realizar el trámite:

  • Completar el formulario previsional.-
  • Adjuntar la documentación requerida.-
  • Presentarlo en Mesa de Entrada de la Institución.-
  • La incapacidad total y permanente para el ejercicio de la Profesión será establecido por una JUNTA MEDICA, compuesta por TRES facultativos designados por el Consejo.

Monto del Haber: 85% del monto de la JUBILACION ORDINARIA.-

¿CUANDO SE PERCIBE EL BENEFICIO?:

  • Se liquida desde la fecha de presentación de la solicitud del beneficio, siempre que se acredite la Incapacidad Requerida por Ley.-