IMPORTANTE: Se debe tener en cuenta que el Beneficio de Reintegro de Gastos de sepelio para familiares con derecho de Pensión (ART. 57  ley 4764/94)   de afiliados activos y jubilados  de la CAPSAP,  referente al art. 64 de la ley 4764/94, ha sido establecido mediante ASAMBLEA EXTRAORDINARIA del 30-11-2004 y reglamentado por RESOLUCION DE CONSEJO N° 56/05.
Están  EXCLUIDOS del beneficio que otorga el ART. 64  de la ley 4764/94: 
Los impuestos,  tasas, expensas, títulos, cánones,  alquiler  o cualquier otro impuesto que impongan  los cementerios municipales o privados, que estén afectados a la inhumación de los afiliados.-

Cómo realizar el trámite:

  • Completar el formulario de reintegro de gastos.-
  • Adjuntar la documentación requerida.-
  • Presentarlo en Mesa de Entrada de la Institución.-

Plazo para solicitar el Beneficio:

  • 30 días de la fecha de erogación del Gasto.-

Que monto corresponde  pagar?

  • Se abona hasta un TOPE de TRES HABERES JUBILATORARIOS ORDINARIOS –
  • El monto del beneficio se encuentra publicado en la sección «Monto de Beneficios Asistenciales».-
  • Se abona mediante transferencia Bancaria.-