IMPORTANTE: Se debe tener en cuenta que el Beneficio de Reintegro de Gastos de sepelio para familiares con derecho de Pensión (ART. 57 ley 4764/94) de afiliados activos y jubilados de la CAPSAP, referente al art. 64 de la ley 4764/94, ha sido establecido mediante ASAMBLEA EXTRAORDINARIA del 30-11-2004 y reglamentado por RESOLUCION DE CONSEJO N° 56/05.
Están EXCLUIDOS del beneficio que otorga el ART. 64 de la ley 4764/94: Los impuestos, tasas, expensas, títulos, cánones, alquiler o cualquier otro impuesto que impongan los cementerios municipales o privados, que estén afectados a la inhumación de los afiliados.-
Cómo realizar el trámite:
- Completar el formulario de reintegro de gastos.-
- Adjuntar la documentación requerida.-
- Presentarlo en Mesa de Entrada de la Institución.-
Plazo para solicitar el Beneficio:
- 30 días de la fecha de erogación del Gasto.-
Que monto corresponde pagar?
- Se abona hasta un TOPE de TRES HABERES JUBILATORARIOS ORDINARIOS –
- El monto del beneficio se encuentra publicado en la sección «Monto de Beneficios Asistenciales».-
- Se abona mediante transferencia Bancaria.-