El Consejo de Administración comunica que ha dictado la Resolución Nº 193/2.014 mediante la cual adhiere al sistema de «Movilidad Previsional» del Sistema Nacional de Jubilaciones y Pensiones:

ARTICULO 1º) INCREMENTAR el beneficio de la JUBILACION y PENSION en un quince por ciento (15%) sobre los valores vigentes al día de la fecha.

Quedando de esta manera los siguientes montos:

Nuevas Montos de Beneficios

 

ARTICULO 2º) Adoptar el Sistema de Movilidad Previsional establecido por la Nación Argentina y disponer que los sucesivos incrementos se produzcan, previa resolución del Consejo de Administración, en los meses de Septiembre y Marzo de cada año y así sucesivamente.

 

ARTICULO 3º) El incremento dispuesto en el ARTÍCULO 1º tendrá vigencia a partir del 01 de SEPTIEMBRE DEL 2014.