Por decisión del Consejo de Administración a partir del día 1º de Abril de 2.015, se habilitó la Caja de nuestra institución (en Otero 127 – S.S. de Jujuy) para efectuar el pago de los aportes previsionales correspondientes a los incisos “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “otros” del art. 22 de la Ley 4.764/94, emitiéndose recibo con sello y firma de Tesorería a fin de que los letrados puedan incorporar dichos comprobantes en los respectivos expedientes.

Esta decisión ha sido oportunamente comunicada al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia que ha emitido por Presidencia el proveído del día 5 del cte. mes y año informando a todos los magistrados y órganos integrantes del Poder Judicial, y al Fiscal General, como así también le ha dado publicidad por medio de su sitio web.

Además, es importante destacar lo siguiente:

– Los afiliados pueden pagar las estampillas en el Banco Macro o en nuestra Tesorería de manera indistinta.

– El beneficio de pagar en nuestra Tesorería es el ahorro de los gastos bancarios, por lo que cada estampilla impactaría en la cuenta de los afiliados sin el descuento de costo administrativo ni bancario.